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SIRE: principales contribuyentes sobre 2 300 UIT dejan el SLE-PLE desde octubre de 2026

Inicio · Noticias · 21 de septiembre de 2026
Portada: SIRE obligatorio para principales contribuyentes desde octubre de 2026

Desde el periodo octubre de 2026, los principales contribuyentes cuyos ingresos netos del ejercicio 2024 superaron las 2 300 UIT deben llevar el Registro de Ventas e Ingresos Electrónico (RVIE) y el Registro de Compras Electrónico (RCE) exclusivamente en el SIRE. Así lo dispone la Resolución de Superintendencia N.° 000125-2026/SUNAT (30/06/2026, vigente desde el 01/07/2026), que postergó la fecha original de junio de 2026. En la práctica, setiembre de 2026 es el último periodo que estas empresas pueden llevar en el SLE-PLE, y el RVIE y el RCE de octubre se generan en noviembre, dentro del cronograma mensual que corresponde al último dígito del RUC.

Nota editorial: en la última semana no se publicó una norma tributaria o contable de alcance general con mayor impacto para empresas medianas y grandes. Esta edición analiza, por ello, la obligación con vencimiento más próximo para ese segmento.

Qué establece la norma

La Resolución N.° 000125-2026/SUNAT modifica el artículo 3 (párrafos 3.1, inciso g.2, y 3.5) y el artículo 4 de la Resolución de Superintendencia N.° 000112-2021/SUNAT, que regula el SIRE, así como la cuarta disposición complementaria final de la Resolución N.° 000040-2022/SUNAT, referida al SLE-PLE y al SLE-Portal.

Aspecto Regla vigente Base normativa
Sujetos alcanzados Designados principales contribuyentes al 31/12/2024, obligados a llevar registros de ventas y compras, con ingresos netos del ejercicio 2024 superiores a 2 300 UIT R.S. 000112-2021/SUNAT, art. 3.1 g.2)
Primer periodo en el SIRE Octubre de 2026 (antes: junio de 2026) R.S. 000125-2026/SUNAT
Último periodo en el SLE-PLE Setiembre de 2026, siempre que no se hayan generado ya esos registros en el SIRE R.S. 000112-2021/SUNAT, art. 4 a); R.S. 000040-2022/SUNAT, 4.ª DCF
Generación del periodo octubre 2026 Noviembre de 2026, según el cronograma mensual por último dígito del RUC Cronograma de obligaciones mensuales 2026
No sanción de infracciones Periodos de agosto de 2026 a enero de 2027; subsanación hasta el 28/02/2027 RSNATI 000041-2026-SUNAT/700000

El umbral de 2 300 UIT

La prueba se aplica sobre los ingresos netos del ejercicio 2024. Con la UIT vigente en ese año (S/ 5 150, Decreto Supremo N.° 309-2023-EF), el umbral equivale a 2 300 × S/ 5 150 = S/ 11 845 000. La resolución no fija el valor de UIT aplicable. Si se usara la UIT de 2026 (S/ 5 500), el umbral subiría a S/ 12 650 000. Si sus ingresos de 2024 caen entre ambas cifras, documente el criterio y prepárese para migrar.

Implicancias prácticas

  • El SIRE no es un simple cambio de formato. SUNAT genera una propuesta a partir de los comprobantes electrónicos; el contribuyente la acepta, complementa o reemplaza, genera el preliminar y luego el registro. Las diferencias con el ERP afloran cada mes, no en una fiscalización.
  • No hay regreso al SLE-PLE. Si la empresa genera algún registro en el SIRE antes de octubre, pierde la opción de llevar setiembre en el SLE-PLE. La decisión de adelantarse debe ser deliberada.
  • El crédito fiscal queda expuesto a la calidad del RCE. Importaciones, servicios de no domiciliados, notas de crédito y documentos fuera de periodo suelen faltar en la propuesta y deben incorporarse manualmente.
  • La facultad discrecional atenúa la sanción, no la obligación. La RSNATI 000041-2026-SUNAT/700000 (publicada el 30/08/2026) permite no sancionar las infracciones de los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario por los periodos de agosto de 2026 a enero de 2027, siempre que se cumplan sus criterios y se subsane hasta el 28/02/2027. Octubre, noviembre y diciembre de 2026 caen dentro de esa ventana. Ese margen no corrige un crédito fiscal mal sustentado.

Acciones concretas antes de noviembre

  1. Confirmar la condición de la empresa: designación como principal contribuyente al 31/12/2024 e ingresos netos de 2024 frente al umbral. Documentarlo.
  2. Cerrar setiembre de 2026 en el SLE-PLE dentro de su plazo y sin generar registros de prueba en el SIRE con el RUC en producción.
  3. Descargar ya las propuestas del SIRE de periodos recientes y conciliarlas con el ERP para identificar diferencias recurrentes: comprobantes sin registrar, tipos de cambio, notas de crédito y operaciones no domiciliadas.
  4. Definir el flujo mensual: responsables, fecha interna de corte, validación del preliminar y aprobación del registro definitivo, con días de holgura sobre el vencimiento.
  5. Integrar el ERP: archivos de reemplazo o complemento y conciliación mensual del RCE con la cuenta 40111 del PCGE.
  6. Controlar los ajustes posteriores: mantener una bitácora de cada ajuste al RVIE o al RCE para responder a requerimientos de SUNAT.

Cómo podemos ayudarle

En RSS Consulting Group acompañamos la migración al SIRE con diagnósticos de conciliación entre ERP y propuesta SUNAT, diseño de controles del proceso de registro y outsourcing contable y tributario para la generación mensual del RVIE y el RCE. Si su empresa migra en octubre, este es el momento de conciliar, no el mes del vencimiento.

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